Celebramos el nuevo artículo de la Constitución de Santa Fe sobre el Derecho al Agua

El nuevo artículo 34 del agua, de la innovativa y reformada Constitución de la Provincia de Santa Fe, ha marcado un hito y trascendencia científica, epistemológica y de equidad social ambiental muy importante. Es un artículo pionero con una perspectiva global, integral, sistémica totalizante del fenómeno del agua. Derecho importantísimo, y la variante de protección integral del agua en su configuración sistémica, como ciclo hidrológico y la preservación de los humedales. Esta cláusula constitucional, por la que tanto se ha trabajado desde la Cátedra del Agua UNR, tanto académica como socialmente, se ha hecho realidad.

El derecho al agua y al saneamiento son inalienables (no se pueden enajenar, están fuera del comercio), imprescriptibles (no pierde su vigencia por el transcurso del tiempo), son indivisibles, esenciales, insustituibles (no son intercambiables por otros derechos), son universales es decir que toda persona tiene derecho de acceso diverso y total del agua, sin importar la condición social, racial, geográfica, territorial, religiosa o política y debe ser asequible, es decir de fácil acceso.

El espíritu y letra del artículo 34 nos indica que el agua y el saneamiento no pueden ni deben ser privatizados. Pro agua, este principio constitucional deviene del principio ambiental de precaución. Basal ecosistémico de la Cumbre de la Tierra especificado en el pro agua. Es decir ante la incertidumbre o situación dubitativa se debe optar por la preservación del agua y de los ecosistemas. Todo ello en conexión con la información pública y la participación ciudadana. Por último señala los acuerdos interjurisdiccionales de cuencas tan importantes y necesarios.

Estamos muy contentos que mucho de lo que venimos bregando, estudiando e investigando desde hace tantos años por la dirección de la Cátedra del Agua UNR y del Centro Interdisciplinario del Agua UNR, se reflejen en el artículo 34 de la nueva Constitución de Santa Fe.

Nota por: Anibal Faccendini. Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales. Licenciado en Ciencias Sociales. Abogado.Magíster en Ambiente y Desarrollo Sustentable. Especialista en Ambiente y dsarrollo Sustentable.. Mediador. Director Cátedra del Agua UNR. Director del Centro Interdisciplinario del Agua. Profesor UNR. 
Fuente: Página12