La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió a favor de la constitucionalidad de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en todos sus artículos.
Desde nuestra Facultad celebramos este fallo a favor por la pluralidad de voces y por una ley de medios de la democracia.
La normativa que fue aprobada por la mayoría, en ambas cámaras, en 2009, no podía implementarse por completo debido a un recurso judicial interpuesto por el Grupo Clarín que reclamaba contra algunos artículos de la ley 26.522: el artículo 41 que establece que las licencias son intransferibles y dos apartados del artículo 45 que fijan un límite a la cantidad de licencias concretadas. También cuestionaba el artículo 48 que descarta la figura de un “derecho adquirido” y el 161 sobre el plazo de desinversión.
La mayoría de los jueces votaron a favor de la constitucionalidad total de la normativa. La ley establece la regulación sobre el sistema de medios y radiodifusión y tiene un espíritu fuertemente antimonopólico.